Podrá designarse un número superior si se trata de una mesa nueva, o si alguno de los designados para elecciones anteriores que deba continuar ejerciendo
esta función se hubiese cambiado de Circunscripción Electoral o hubiese perdido el derecho a sufragio.
Para proceder a la designación de vocales, a partir del cuadragésimo quinto día anterior a la elección, cada uno de los miembros de la Junta Electoral escogerá diez
nombres, que deberán corresponder a diez ciudadanos con derecho a sufragio, que aparezcan en la nómina por mesa receptora de sufragio del Padrón Electoral con carácter
de auditado, señalado en el artículo 32 de la ley N° 18.556, que el Servicio Electoral pondrá a disposición de la Junta. Si la Junta funcionare con dos miembros cada
uno elegirá quince nombres.
Al efectuar esta selección, cada miembro de la Junta Electoral deberá preferir a aquellas personas que pueda presumirse más aptas para desempeñar las funciones de
vocales de Mesas y a los que no hubiesen ejercido igual función durante los cuatro años anteriores.
Escogidos los nombres, la Junta Electoral procederá a confeccionar para cada Mesa Receptora una nómina en la que se asignará a cada uno de los nombres propuestos,
ordenados alfabéticamente, un número correlativo del uno al treinta.
En sesión pública que se realizará en la oficina del Secretario, a las catorce horas del trigésimo día anterior a la fecha de la elección o plebiscito, las Juntas
Electorales efectuarán un sorteo de manera que los primeros números, según corresponda, sirvan para individualizar en cada nómina a las personas que se desempeñarán
como vocales de las Mesas Receptoras, y los siguientes, en orden correlativo, a quienes deberán actuar como reemplazantes.
Cuánto dura el cargo de vocal de mesa?
Ser vocal de mesa dura 4 años. Es decir si fue designado vocal de mesa en las elecciones presidenciales del 2013 también tendría que trabajar en las municipales del 2016.
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