Como y donde denunciar infracciones en materia de propaganda electoral

Conozca aquí quiénes pueden realizar las denuncias por infracciones en materia de propaganda o publicidad electoral y ante quién deben hacerlas.
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Conozca aquí quiénes pueden realizar las denuncias por infracciones en materia de propaganda o publicidad electoral y ante quién deben hacerlas.
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Como periodo de propaganda electoral se conoce plazo en que se puede promover una determinada candidatura a través de eventos o manifestaciones públicas, así como publicidad radial, escrita o en imágenes.
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En este artículo se informa los periodos de aplicación de cada uno de los tipos de
propaganda electoral, en las próximas Elecciones Municipales 2016, a realizarse el 23 de octubre del presente año.
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Se entenderá por propaganda electoral, la dirigida a inducir a los electores a emitir su voto por candidatos determinados. Conozca aquí que tipo de publicidad esta permitida.
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Lo que esta permitido y prohibido en materia de propaganda electoral está escrito en la ley 18.700. De manera resumida, esto es lo que se considera una mala práctica.
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Lo permitido y prohibido en materia de propaganda electoral o publicidad electoral está escrito en la ley 18.700, conozca quienes son los responsables de hacer hacer cumplir esta ley
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En esta sección se presentan las sanciones, más relevantes, y multas de las infracciones a las normativas de propaganda electoral.
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Desde este 20 de octubre comienza el periodo de propaganda electoral en espacios públicos y privados autorizados con ocasión de las Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros Regionales 2017. Además, este mismo día comienza la franja electoral.
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El documento norma las acciones que se pueden realizar y las que no, tanto en el periodo de campaña que comenzó este 21 de agosto, como en cada una de las etapas que comprende la propaganda electoral.
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Las radioemisoras, análogas y online, y los medios de prensa escrita y electrónicos que deseen difundir propaganda electoral, tienen plazo hasta el martes 23 de mayo para enviar su informe tarifario.
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El documento tiene como propósito informar sobre los distintos aspectos que norman la propaganda electoral, desde definiciones, plazos, procedimientos y mecanismos permitidos para su despliegue, hasta la fiscalización, las infracciones establecidas y la autoridad competente para conocerlas.
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A través de un oficio, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, hizo un llamado para que las empresas distribuidoras tomen todos los resguardos necesarios para evitar la instalación de propaganda electoral en sus redes e instalaciones.
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El Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), reconsideró la prohibición de la realización de propaganda electoral en redes sociales, estipulada en uno de sus instructivos para las municipales, y catalogó los mensajes por estas vías como 'comunicaciones privadas'.
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